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Política Agrícola Común de Castilla y León

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Flexibilidades PAC 2026

Como consecuencia de los diferentes fenómenos meteorológicos acontecidos, que han provocado desgrane anticipado de las espigas, las superficies de las comarcas agrarias ubicadas en Castilla y León presentan una mayor disponibilidad de alimento accesible para las especies de avifauna ligadas a medios agrarios. La acumulación de grano caído y restos de espigas en el suelo incrementa notablemente los recursos tróficos disponibles para aves granívoras y otras especies esteparias, generando unas condiciones especialmente favorables para su alimentación durante el periodo estival y postcosecha. Por ello se adoptan, con carácter transitorio, las siguientes medidas de flexibilidad en relación con la ayuda a los regímenes voluntarios en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal (ecorregímenes), en la práctica de establecimiento de espacios de biodiversidad en las siguientes comarcas agrarias :

Recolección anticipada del cereal no cosechado:

  • Se permitirá la recolección de las superficies de cereal no cosechado acogidas a esta intervención en la campaña 2026: 
    • a partir del 1 de agosto de 2026 en las comarcas de Arévalo-Madrigal y Ávila (Ávila), Vitigudino, Ledesma, Salamanca, Peñaranda de Bracamonte, Fuente de San Esteban, y Alba de Tormes (Salamanca), Cuéllar, Sepúlveda y Segovia (Segovia), Campo de Gómara y Arcos de Jalón (Soria), Sur (Valladolid) y Sayago y Duero Bajo (Zamora).
    • a partir del 15 de agosto de 2026 en las comarcas de Barco de Ávila-Piedrahita y Valle del Tiétar (Ávila), todas las de las provincias de Burgos, León y Palencia, Ciudad Rodrigo y La Sierra (Salamanca), Pinares, Tierras Altas y Valle del Tera, Burgos de Osma, Soria, y Almazán (Soria), Tierra de Campos, Centro y Sureste (Valladolid) y Sanabria, Benavente y los Valles, Aliste y Campos Pan (Zamora).
  • No obstante, se observarán las siguientes condiciones:
    • Los cordones de paja resultantes tras la recolección del cereal deberán mantenerse sobre el terreno, al menos, hasta el 1 de septiembre de 2026. A tal efecto, no se permitirá la utilización de mecanismos picadores de paja.
    • Estos cordones deberán conservarse en bandas distribuidas por la parcela, de forma que se evite una única acumulación que concentre toda la fauna en un solo punto.
    • No podrá realizarse labor alguna sobre el terreno antes del 1 de septiembre de 2026, incluidas las labores culturales, de fertilización o la aplicación de productos fitosanitarios.
    • Los titulares deberán realizar y conservar fotografías georreferenciadas de las parcelas agrícolas objeto de recolección que acrediten la existencia de alimento para la avifauna en el suelo. Dichas fotografías deberán ponerse a disposición de la Administración cuando sean requeridas. Para cada parcela agrícola será necesaria, al menos. la realización de dos fotografías, una visión general y otra de detalle.
    • En caso de aprovechamiento a diente de estas superficies deberán cumplirse las condiciones de los apartados tercero y cuarto anteriores.
  • Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaResolución Flexibilidad 2026 (no cosechado 1 de agosto) (271 kbytes)
  • Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaResolución Flexibilidad 2026 (no cosechado 15 de agosto). (247 kbytes)

La Junta de Castilla y León ha declarado la campaña agrícola 2025/2026 como excepcional por las adversidades meteorológicas extremas que han tenido lugar. Por ello, se flexibilizan determinados requisitos de los ecorregímenes y de las ayudas agroambientales que se recogen en la resolución anexa.

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural realizará el seguimiento de la evolución de la situación agronómica de las zonas afectadas.

Mediante Resolución de 05 de junio de 2026, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, se establecen para la campaña agrícola 2026 las actuaciones de flexibilidad a adoptar en la comunidad de Castilla y León, en relación con la dimensión de las explotaciones y las condiciones de actividad agraria, previstas en el plan estratégico de la Política Agrícola Común.

La Junta de Castilla y León fija la fecha para el inicio de la recolección de las superficies de cultivo de girasol “no cosechado” a efectos del ecorrégimen de establecimiento de espacios de biodiversidad.

Las condiciones meteorológicas de la campaña 2026 en Castilla y León, caracterizadas al inicio de campaña por un periodo excesivamente húmedo al que dio continuidad otro de elevadas temperaturas, provocó un adelanto de la siembra de girasol. Cuyo desarrollo vegetativo se ha visto condicionado por una excesiva aridez y elevadas temperaturas. Todo ello ha derivado en un adelanto de la madurez fenológica del cultivo.

La normativa de aplicación establece que la recolección del girasol declarado como zona de no cosechado a efectos de los espacios de biodiversidad, en el marco del ecorrégimen de establecimiento de espacios de biodiversidad, se efectuará transcurrido un mes tras alcanzar el estado fenológico de madurez comercial del grano.

Con el fin de proporcionar seguridad jurídica a los agricultores de Castilla y León, la Dirección General de Política Agraria Comunitaria ha dictado una resolución, donde establece el día 26 de septiembre como fecha a partir de la cual se podrá proceder a la recolección de estas superficies.