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Política Agrícola Común de Castilla y León

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Orden de 28 de enero de 2019, de la Consejería de Agricultura y Ganadería

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Descripción:

Orden de 28 de enero de 2019, de la Consejería de Agricultura y Ganadería, por la que se convocan pagos directos a la agricultura y la ganadería en el año 2019, a otros regímenes de ayudas por superficie y a determinadas ayudas al desarrollo rural cofinanciadas por el FEADER en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020 y a la selección de usuarios del sistema de asesoramiento de Castilla y León para la campaña agrícola 2019/2020.

BDNS (Identif.): 437370

Los pagos directos a la agricultura y la ganadería en el año 2019 comprenden los siguientes regímenes de ayuda:

■ a) el régimen de PAGO BÁSICO por explotación, en aplicación del título III del Reglamento (UE) nº 1307/2013. (Art.1 a).

■ b) pago para los agricultores que apliquen prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente, “PAGO VERDE”, en aplicación del título III del Reglamento (UE) nº 1307/2013. (Art. 1 b).

■ c) pago suplementario para los JÓVENES AGRICULTORES que comiencen su actividad agrícola, en aplicación del título III del Reglamento (UE) nº 1307/2013. (Art. 1 c).

■ d) AYUDA ASOCIADA VOLUNTARIA a agricultores y ganaderos, en aplicación del título IV del Reglamento (UE) nº 1307/2013. (Art. 1 d).

■ e) pago específico al cultivo del ALGODÓN, en aplicación del título IV del Reglamento (UE) nº 1307/2013. (Art. 1 e).

■ f) RÉGIMEN de los pequeños agricultores, previsto en el título V del Reglamento (UE) nº 1307/2013. (Art. 1 f).

Beneficiarios:

Productores con explotaciones agrarias ubicadas en Castilla y León.

Documentación necesaria:

“Solicitud Única” dirigida al Director General de Política Agraria Comunitaria, conforme a los modelos de los formularios que figuran en el Anexo 1.

La “Solicitud Única” deberá ser firmada por el productor o su representante. El solicitante podrá autorizar a otra entidad para la firma electrónica de la misma. Estas entidades comunicarán previamente su habilitación como tales, a través de la aplicación informática “gestión de usuarios externos del servicio de información” aprobada mediante Orden AYG/1447/2010, de 6 de octubre.

El titular de la explotación es el responsable de que la información declarada en su solicitud sea veraz en todos sus extremos.

Plazos de presentación:

El plazo para la presentación de la solicitud única correspondiente al año 2019 será el comprendido entre
el 1 de febrero y el 30 de abril de dicho año, ambos inclusive.

Ámbito de aplicación:

Autonómico

Boletín y Fecha de publicación:

Viernes, 1 de febrero de 2019. BOCyL nº 22